A raíz de la aprobación de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y otra normativa autonómica de aplicación, se han producido algunos cambios normativos que afectan directamente y/o indirectamente a los planes de retribución flexible y a la gestión de los planes de previsión social para el año 2022.
Estos cambios se refieren al ámbito del Impuesto sobre la *Renta de las Personas Físicas y, en particular, a la tributación de los rendimientos del trabajo y a las reducciones y deducciones del impuesto. En el caso de los sistemas de previsión social, se ha visto afectada también la normativa sobre los Planes y Fondos de Pensiones.
En primer lugar, destacamos la modificación de uno de los límites de reducción en base imponible (en territorio común y Navarra) y de los límites financieros de aportación a los planes de pensiones y resto de sistemas de previsión social quedando fijados en las siguientes cantidades:
- Límite general de aportación y reducciones en base imponible: 1.500 euros anuales.
- Este límite se podrá incrementar en 8.500 euros siempre que las aportaciones provengan de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial.
- A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador (*Retribución Flexible) tendrán la consideración de aportaciones del trabajador.
En segundo lugar, se han producido algunas modificaciones en las reducciones y/o deducciones en base imponible en algunas Comunidades Autónomas en ámbitos como los siguientes:
- Deducciones personales y familiares.
- Reducciones por tributación conjunta.
- Deducciones por arrendamiento/rehabilitación/adquisición de vivienda habitual.
- Escala de gravamen de la base liquidable general en algunas Comunidades Autónomas como: País Vasco, Andalucía, Cataluña, Comunidad de Madrid, Galicia o Navarra.
- Otras deducciones (ayuda doméstica, gastos educativos, gastos de transporte en zonas rurales, adquisición de vehículos eléctricos, familias numerosas, familias monoparentales, madres trabajadoras…etcétera).
En tercer lugar, cabe destacar, dentro de los rendimientos del trabajo en especie, el aumento del importe diario exento, en concepto de entrega de productos rebajados en comedores de empresa, de 9 a 11 euros diarios, en Vizcaya.
En cuarto y último lugar, se modifica la *base máxima de cotización a la Seguridad Social con efecto 1 de enero de 2022 que se sitúa en 4.139,40 euros mensuales.
Esther Horche,
Especialista de Fiscalidad en Compensa Capital Humano.